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jueves, enero 27, 2011

Comercio cerró 2010 con récord histórico de ventas y proyectan crecimiento de 10% para 2011

Un aumento históricamente récord de 17,6%, respecto del año anterior, alcanzaron las ventas reales del comercio minorista de la Región Metropolitana en 2010, de acuerdo con el Índice que elabora el Departamento de Estudios de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile (CNC).

En el mes de diciembre, pese a la alta base de comparación de igual mes de 2009 (15,0%), la actividad comercial se expandió en 23,6% con lo que superó las expectativas de los analistas.

El significativo incremento promedio de 2010, superior a lo esperado y muy por sobre los registros históricos, ratifica el dinamismo del comercio, sustentado en la acelerada recuperación de la demanda interna, basada sustentablemente en el sólido crecimiento de la inversión, la reconstrucción y reparaciones post terremoto, y especialmente en el crecimiento del empleo y las remuneraciones, dijo la entidad.

A ello se sumaron una mayor disponibilidad de crédito, la disminución de precios en diversos productos de consumo, los cambios tecnológicos y en definitiva la mayor confianza de los consumidores, superando así definitivamente la dramática incertidumbre y caída de la actividad y el empleo, producto de la crisis financiera internacional de 2008-2009, acotó la CNC.

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1 comentario:

  1. Anónimo7:14 p.m.

    Los bancos españoles roban a sus clientes en españa.


    Nada ha cambiado, pero el titular ha corrido como la pólvora: entregar la casa salda la deuda. La Audiencia Provincial de Navarra ha respaldado un auto judicial "pionero", "que pone en cuestión la ley hipotecaria española.

    Lo relevante del caso es que la autoridad judicial considera suficiente la devolución de una propiedad para cancelar la deudas contraída con el banco y lo califica "moralmente rechazable", a pesar de que el banco solo cumplió con la norma. Según el auto, la resolución es firme y no cabe recurso, de manera que BBVA deberá recurrir al Tribunal Constitucional para evitar la condena. El auto pone en cuestión algo básico del sistema hipotecario español: que es la garantía personal de quien contrae un crédito quien responde en caso de impago y no la propiedad como en otros países.

    Un funcionamiento que descubrió un diario de la talla del New York Times hace escasas fechas, calificándolo de "condena de por vida para el comprador de una vivienda". En EEUU, en líneas generales, la devolución de las llaves de una casa al banco provoca la cancelación de la deuda. Es el conocido 'efecto sonajero', que muchos han querido traer a España. El pasado 14 de diciembre, una votación en el Congreso de los Diputados aprobó estudiar cambios en la legislación, pero no de gran calado, según explicaron entonces fuentes del sector financiero. Lo que parecía incuestionable, el funcionamiento de la Ley Hipotecaria española, seguiría sin cambios.

    "El auto contradice principios básicos y tradicionales de nuestro sistema de garantías hipotecarias. Cuando desde todas las instancias se habla de la necesidad de reactivar el crédito para agilizar la recuperación económica es muy difícil que las entidades financieras se animen a facilitar más crédito si se pone en duda su derecho a recuperar todo el importe que han prestado", asegura Lorenzo Clemente, socio del área Inmobiliaria del despacho Garrigues. Sin embargo, la emisión de la citada sentencia por el tribunal navarro puede hacer temblar a más de uno.

    La opinión entre los bancos y cajas de ahorros españolas es unánime sobre la cuestión: su adopción supondría la "quiebra masiva" de entidades españolas ya que constituye su sostén y fortaleza frente a la actual crisis. Entre 2009 y 2010 se han registrado en España cerca de 240.000 ejecuciones hipotecarias por parte de la industria de bancos y cajas, procesos en los que se ha ejecutado al pie de la letra la Ley Hipotecaria y, en muchos casos, además del inmueble el juez ha dictado embargos de otros bienes. Cambiar este marco jurídico ha sido una de las reclamaciones de la Plataformas de Afectados de la Hipoteca, que ha impulsado decenas de recursos en colaboración otras asociaciones consumidores como la OCU.

    Sin embargo, en opinión de Clemente, la alusión al artículo 3 del Código Civil -que permite interpretar la ley según la realidad del tiempo en que deben ser aplicadas-, "es utilizar un mecanismo de interpretación legal para cambiar el contenido y el sentido de las leyes, ya que considera que un banco no puede reclamar la diferencia entre el valor por el que se adjudica un bien en subasta y la totalidad de la deuda, porque asumió que el bien tenía una valoración superior cuando dio la hipoteca. Y eso, más allá de que haya quien pueda compartir la justicia material del fallo, genera más incertidumbre e inseguridad, que es algo que, a la larga, acaba perjudicando al conjunto de la sociedad".

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ACLARACION: Este blog no es antiperuano ni nacionalista chileno. Este blog simplemente recopila y (a veces) comenta sobre artículos recopilados en la prensa nacional y mundial y que involucran a Chile. Si parece "cargado" hacia Perú, simplemente, es resultado de la publicación constante -y obsesiva- en ese país de artículos en que se relaciona a Chile. Así también, como ejemplo opuesto, no aparecen articulos argentinos, simplemente, porque en ese país no se publican notas frecuentes respecto Chile. Este blog también publica -de vez en cuando- artículos (peruanos o de medios internacionales) para desmitificar ciertas creencias peruanas -promovidas por medios de comunicación y políticos populistas de ese país- sobre que Perú ha superado el desarrollo chileno, lo que es usado en ese país para asegurar que Chile envidia a Perú y que por eso buscaría perjudicarlo. Es decir, se usa el mito de la superación peruana y la envidia, para incitar el odio antichileno en Perú.